Referencia oficial
BOE-A-2026-5694
Ocio educativo y animación sociocultural: texto oficial y guía de lectura
Referencia oficial
BOE-A-2026-5694
Publicación
11 de marzo de 2026
Vigencia inicial
Hasta el 31 de diciembre de 2027
Ámbito territorial
Todo el territorio del Estado
La Dirección General de Trabajo registró y publicó el convenio mediante Resolución de 25 de febrero de 2026. Fue suscrito el 28 de noviembre de 2025 y subsanado definitivamente el 18 de febrero de 2026. Ante cualquier diferencia, prevalece el texto del BOE.
Nueva herramienta orientativa
Prepara una pregunta general y continúa en el cuaderno NotebookLM facilitado por FOESC. Las respuestas son automatizadas, no vinculantes y deben contrastarse con el texto oficial.
Una guía editorial para navegar el documento; no altera ni resume de forma vinculante su contenido.
Los artículos 1 a 4 delimitan territorio, actividades, periodo y personas incluidas. El propio convenio recoge exclusiones y reglas relativas a convenios autonómicos que deben revisarse antes de aplicarlo.
El texto regula modalidades de contratación, periodo de prueba, llamamiento y subrogación. Para licitaciones y cambios de adjudicataria conviene comprobar la información y los plazos exigidos en cada supuesto.
Los anexos describen grupos, puestos y funciones del personal de ocio educativo y animación sociocultural. La denominación del puesto no sustituye el análisis de las tareas efectivamente realizadas.
El articulado y los anexos contienen tablas, complementos, pagas extraordinarias, jornada, vacaciones y otras condiciones. Deben consultarse conjuntamente con las fechas de efectos económicos.
El convenio incorpora medidas sobre igualdad, salud laboral, derechos colectivos y formación, además de órganos paritarios para interpretar y desarrollar materias sectoriales.
Las discrepancias de interpretación y las funciones atribuidas a la Comisión Paritaria se rigen por el procedimiento del propio texto. Esta página no resuelve consultas vinculantes.
El ámbito funcional incluye empresas y entidades privadas dedicadas a servicios de ocio educativo y animación sociocultural para infancia, juventud, personas adultas y mayores. Entre otras actividades, contempla educación en el ocio, comedor y transporte escolar, patios, extraescolares, aulas matinales, refuerzo, colonias, campamentos y programas socioculturales, con las delimitaciones y exclusiones del artículo 2.
Esta información es divulgativa. Para decidir el convenio aplicable, calcular una nómina o resolver una subrogación, revisa el documento completo y solicita asesoramiento laboral adaptado a los hechos.